Ley 17.200
Concédese una pensión graciable a la profesora Tania Siver.
(1.931*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
Concédese una pensión graciable a la profesora Tania Siver, equivalente
a cuatro salarios mínimos nacionales, de acuerdo a lo establecido por la
Ley Nº 16.301, de 9 de setiembre de 1992.
La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 13 de
setiembre de 1999. HUGO FERNANDEZ FAINGOLD, Presidente; MARIO FARACHIO,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 23 de setiembre de 1999
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el
Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI, YAMANDU FAU, LUIS MOSCA.
Recibido por D. O. el 27 de Setiembre de 1999