CONSEJO DE MINISTROS
Los cargos de Jefatura Departamental del Instituto Nacional del Menor, abiertos a varios escalafones, tendrán el grado máximo a que los habilite cualesquiera de aquellos, de acuerdo con los topes establecidos en el artículo 27 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, independientemente de los escalafones a través de los cuales se haya accedido a dichos cargos.Ayuda