Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 592

Incorpórase al artículo 37 de la Ley Nº 16.104, de 23 de enero de 1990,
el siguiente inciso:

"D) Los funcionarios con cargos docentes designados o electos para
desempeñar cargos docentes de gobierno universitario".
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