Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 558

Establécese que los funcionarios del Escalafón "A" del Tribunal de lo
Contencioso Administrativo, podrán optar por el régimen de dedicación
total o por ejercer el cargo sin ese carácter, dentro del término de
sesenta días contados desde la entrada en vigencia de la presente ley, o
en caso, desde su designación para uno de esos cargos. Realizada la
opción, la misma tendrá carácter definitivo.
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