CONSEJO DE MINISTROS
Incorpórase al artículo 118 de la Ley Nº 15.750, de 24 de junio de 1985, el siguiente inciso: "Los Prosecretarios de la Suprema Corte de Justicia están equiparados a todos los efectos de la carrera judicial, como en su dotación, a los Jueces Letrados del Interior".Ayuda