Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 364

Destínanse a Rentas Generales las partidas asignadas al Programa 001,
Unidad Ejecutora 001 del Ministerio de Educación y Cultura, por los
artículos 3º literal F) de la Ley Nº 13.453, de 2 de diciembre de 1965,
244 literales A) y B) del decretoley Nº 14.189, de 30 de abril de 1974, y
337 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, con excepción de lo
dispuesto en su inciso segundo.
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