Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 163

Créanse tres áreas funcionales en la Unidad Ejecutora 014 "Dirección
General de Comercio": Area Zonas Francas, Area Comercio Exterior y Area
Defensa del Consumidor.

   Las funciones correspondientes a la Dirección de las mismas, serán de
alta especialización, desempeñadas por quienes ya fueran funcionarios
públicos, designados por el Ministerio de Economía y Finanzas de
conformidad con el régimen general establecido para tales funciones en la
presente ley.
Ayuda