Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 153

Asígnase, una partida anual de $ 11:240.000 (pesos once millones
doscientos cuarenta mil), equivalentes a U$S 2:000.000 (dólares de los
Estados Unidos de América dos millones), destinada a la ejecución y
mantenimiento de la vivienda del personal policial del Escalafón L.

   La ejecución de dicho servicio será coordinada conjuntamente con la
Comisión de Ejecución de Vivienda.

   Los rubros a los efectos de dichos financiamientos serán aportados por
el Fondo Nacional de Vivienda y deberán ser transferidos en cuotas
trimestrales y consecutivas a partir de la entrada en vigencia de la
presente ley.

                                INCISO 5
                    Ministerio de Economía y Finanzas
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