(Determinación de la jubilación común y de la jubilación por edad
avanzada). La asignación inicial de la jubilación común y de la
jubilación por edad avanzada se determinará en base al saldo acumulado en
la cuenta de ahorro individual, a la fecha de traspaso de los fondos
desde la entidad administradora a la empresa aseguradora, a la
expectativa de vida del afiliado fijada en la forma establecida por el
artículo 6º de la presente ley y a la tasa de interés respectiva.