Fecha de Publicación: 11/09/1995
Página: 470-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 15/09/1995.

Artículo 50

   (Clasificación de las prestaciones). Las prestaciones por vejez,
invalidez y sobrevivencia, con cargo a las cuentas de ahorro individual,
son las jubilaciones, el subsidio transitorio por incapacidad parcial y
las pensiones de sobrevivencia.

                              CAPITULO III
             De las condiciones de acceso a las prestaciones
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