Fecha de Publicación: 02/05/1995
Página: 122-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 7

Las Comisiones para suministrar datos con fines legislativos también
asesoran al órgano a que pertenecen en el ejercicio de sus poderes
jurídicos de legislación.
   Su designación procede cuando en las situaciones o asuntos a
investigar no se presuma la existencia de irregularidades o ilicitudes.
Pero si de la investigación realizada surgiere la comprobación de
irregularidades o ilicitudes, también pueden asesorar a la Cámara en el
ejercicio de sus poderes jurídicos de control administrativo.
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