Fecha de Publicación: 02/05/1995
Página: 122-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 32

Toda Comisión encargada de una investigación podrá solicitar los
asesoramientos que estime pertinentes, así como la contratación de
períodos e intérpretes.
   Cualquier gasto que se origine por este motivo deberá ser previamente
autorizado por el Presidente del Cuerpo designante.
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