Fecha de Publicación: 17/04/1995
Página: 65-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 30/05/1995.

Artículo 13

(Reglamento). El Reglamento del Banco, aprobado por el Directorio,
abarcará todos los aspectos relativos a la organización administrativa
de la institución y a sus atribuciones, así como a las diversas
funciones y deberes de los funcionarios de mayor jerarquía del Ente y de
las divisiones administrativas no especificadas en la presente ley.
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