Fecha de Publicación: 31/10/1994
Página: 296-A
Carilla: 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 14

    Todas las personas físicas o jurídicas, las personas públicas no
estatales y los organismos públicos están obligados a aportar los datos
que les sean requeridos, con fines estadísticos, por los integrantes del
Sistema Estadístico Nacional y dentro del plazo que se les fije.
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