Fecha de Publicación: 21/11/1994
Página: 529-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 4

   Cométese al Ministerio de Educación y Cultura la publicación de la
edición oficial del Código Civil, con el informe de la Comisión Nacional
que lo elaborara, así como las publicaciones ajenas al texto que contenía
la edición oficial hoy corregida, la que se efectuará con cargo al Tesoro
Nacional.
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