MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Fe de erratas publicada/s: 08/03/1993.
La Comisión Honoraria Administradora deberá elevar al Poder Ejecutivo, para consideración, un balance anual y la rendición de cuentas, dentro de los primeros ciento veinte días de vencido cada ejercicio, así como los estados de situación y balance de resultados de todos los institutos vinculados al sistema.Ayuda