Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 85

 Sustitúyese el artículo 1º de la Ley Nº 10.808, de 16 de octubre de 1946,
por el siguiente:

"ARTICULO 1º.- La Armada Nacional, como parte integrante de las Fuerzas
Armadas, tiene por misión esencial la defensa de la Constitución y las
leyes del Estado, la integridad territorial y la policía marítima de la
República, a fin de contribuir a defender el honor, la Independencia y la
paz de la misma".
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