Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 81

  Fíjanse en unidades reajustables, los valores de las multas
administrativas por Infracciones al Reglamento de Explosivos y Armas, las
guías para transporte de materias explosivas, la expedición de carnés y
habilitaciones y las Inspecciones técnicas, cuya recaudación compete al
Servicio de Material y Armamento del programa 002 "Ejército Nacional", en
las siguientes cantidades:

Multas

Armas cortas y largas adquiridas en comercios no inscriptos en el servicio
de Material y Armamento o introducción el país como efecto de uso
personal, UR 1,80.

Armas cortas y largas usadas que no hayan sido registradas (artículo 205
del Reglamento de Explosivos y Armas), UR 1.

Personas o empresas que no remiten el estado mensual de consumo de
explosivos antes del día 10 de cada mes (artículo 104 del Reglamento de
Explosivos y Armas):

                    UR
 Primera vez        2
 Segunda vez        4
 Tercera vez        8
 Cuarta vez        16

Casas que venden armas que no figuran en los estados mensuales remitidos
antes de los diez primeros días de cada mes (artículo 223 del Reglamento
de Explosivos y Armas):

                    UR
 Primera vez         5
 Segunda vez        10
 Tercera vez        20
 Cuarta vez         40

 Casas comerciales que venden armas y municiones sin haberse inscripto
para tales fines en el Servicio de Material y Armamento:

UR 25 e inscripción

Rematadores que venden o subastan armas sin estar inscriptos para tales
fines en el Servicio de Material y Armamento:

UR 25 e inscripción

Casas comerciales que no remiten los estados antes de los diez primeros
días de cada mes:

                    UR
 Primera vez         2
 Segunda vez         4
 Tercera vez         8
 Cuarta vez         16

Casas comerciales que venden armas sin Guía (entregar el arma sin antes
obtener la Guía, en el Servicio de Material y Armamento):

                  UR
 Primera vez      10
 Segunda vez      20
 Tercera vez      30

Casas comerciales que no eleven al Servicio de Material y Armamento los
estados mensuales (Artículo 223 del Reglamento de Explosivos y Armas):

                  UR
 Primera vez       4
 Segunda vez       8
 Tercera vez      16
 Cuarta vez       32

Venta de armas o préstamos entre particulares o entre particulares y casas
comerciales sin Intervención del Servicio de Material y Armamento
(artículo 206 del Reglamento de Explosivos y Armas):

                  UR
 Primera vez       5
 Segunda vez      10
 Tercera vez      20
 Cuarta vez       40

Coleccionistas de armas que no estén registrados en el Servicio de
Material y Armamento o que no eleven el mismo la relación de las armas que
integran su colección. Esto se hace extensivo para los coleccionistas de
munición:

UR 5 e Inscripción

Particulares o casas comerciales que reparen armas sin estar registradas
en el Servicio de Material y Armamento:

UR 5 e inscripción

Particulares o casas comerciales que reparen armas sin Guía (artículo 210
del Reglamento de Explosivos y Armas):

                  UR
 Primera vez      10
 Segunda vez      30

Realizar compras de armas, municiones o accesorios en el exterior sin
antes obtener el despacho directo:

UR 5

Clubes de tiro que no se registren en el Servicio de Material y Armamento
con especificación de cantidad de armas con que cuenten y relación de las
Guías correspondientes a ellas:

UR 5 e inscripción

Elaboración, depósito y empleo de todo tipo de material explosivo o
agresivo químico sin autorización expresa del Servicio de Material y
Armamento:

UR 40 y elevación de antecedentes a la Justicia
Transporte de explosivos sin la Guía correspondiente (artículo 163 del
Reglamento de Explosivos y Armas):

UR 8 y pago de la Guía correspondiente

Personas que operen con explosivos sin autorización del Servicio de
Material y Armamento (artículo 119 del Reglamento de Explosivos y Armas)
en caso de pertenecer a alguna empresa se aplicará a ella:

UR 40 y elevación de antecedentes a la Justicia

Comercializar armas montadas totalmente con piezas importadas como
repuestos (Decreto 24.229/959, de 2 de abril de 1959):

UR 40

No poseer, libros al día de salida de munición, ventas de armas y
reparación, por parte de casas comerciales o particulares (artículo 219
del Reglamento de Explosivos, y Armas):

                   UR
 Primera vez       3
 Segunda vez       6
 Tercera vez       12
 Cuarta vez        24

Empresas que operan con explosivos depositados en polvorines no
autorizados por el Servicio de Material y Armamento:

UR 40

Venta de municiones por parte de casas comerciales sin especificar
correctamente la Serie y número de Guía (artículo 213 del Reglamento de
Explosivos y Armas):

                    UR
 Primera vez         5
 Segunda vez         10
 Tercera vez         20

Omisiones de armas y municiones en las declaraciones de los partes
mensuales (artículo 213 y 223 del Reglamento de Explosivos y Armas):

                     UR
 Primera vez          2
 Segunda vez          4
 Tercera vez          8
 Cuarta vez           16

Importadores y mayoristas que venden armas y municiones a comercios que no
se encuentren inscriptos en el Servicio de Material y Armamento Decreto
24.928/969, de 4 de diciembre de 1969):

                      UR
 Primera vez          25
 Segunda vez          50

Casas comerciales que vendan armas a menores de veintiún años (artículo
222 del Reglamento de Explosivos y Armas):

                      UR
 Primera vez           8
 Segunda vez          16
 Tercera vez          30

Casas comerciales que no comuniquen los movimientos de armas realizados
dentro de los cinco días de producido el mismo (artículo 208 del
Reglamento de Explosivos y Armas):

                       UR
 Primera vez            2
 Segunda vez            4
 Tercera vez            8
 Cuarta vez             16

Adulteración de Guías de posesión de armas y transferencias realizadas por
personas no autorizadas (artículo 206 del Reglamento de Explosivos y
Armas):

UR 25 y la elevación de los antecedentes a la Justicia

Casas comerciales o particulares que realicen modificaciones sustanciales
en armas de fuego, respecto al calibre o sistema, sin autorización expresa
y particular para cada caso, extendida por el Servicio de Material y
Armamento:

                      UR
 Primera vez          40
 Segunda vez          100

Sin perjuicio de la aplicación del artículo 192 del Decreto 2.605/943, de
7 de octubre de 1943.

Realizar actividades de fabricación, carga o recarga de munición sin
autorización expresa del Servicio de Material y Armamento:

UR 60 y decomiso preventivo o definitivo de mercaderías y maquinarias

El Servicio de Material y Armamento podrá disponer la suspensión de los
locales hasta por un plazo máximo de noventa días, así como el retiro
definitivo de los correspondientes permisos, de acuerdo con la
reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo.

Expedición de Guías

Guías para transporte de materiales explosivos:

                                  UR
 Hasta 50kg neto                  0,60
 Más de 50kg neto                 1,20
 Más de 125kg neto                2,40
 Más de 1.000kg neto              3,60
 Guía de posesión de armas        0,68
 Guía provisoria                  0,50
 Guía de arma                     0,50

 Expedición de carnés y habilitaciones

                                              UR
 Carné de barrenista                           1
 Carné de coleccionista                        1
 Habilitación anual de coleccionistas          0,50

Inspecciones técnicas

Inspecciones técnicas solicitadas por usuarios:

                                               UR
 Montevideo                                    10
 Interior                                      20

Estos valores no incluyen los gastos de hospedaje, almuerzo o cena del
personal que concurra, los que también son con cargo al usuario.
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