Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 69

 Autorízase al Poder Ejecutivo a contratar, con cargo a las partidas
fijadas en el artículo 68, el personal necesario a efectos de dar
cumplimiento a los cometidos asignados a dichas Comisiones Nacionales.
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