Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 61

  Autorízase al Poder Ejecutivo a destinar al Servicio Oficial de
Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos para financiar la reconstrucción
del Estudio Auditorio, obras complementarias y su adecuado equipamiento
hasta la suma de N$ 62.225.000.000 (nuevos pesos sesenta y dos mil
doscientos veinticinco millones), equivalente a U$S 25.000.000 (dólares 
de los Estados Unidos de América veinticinco millones), con recursos
provenientes de un préstamo concedido por el Gobierno del Reino de 
España.

Se establece que hasta el 20% (veinte por ciento), de dicho préstamo será
destinado para financiar obras complementarias y equipamiento, y el monto
restante para financiar las obras civiles del Estudio Auditorio.

Autorízase a contratar directamente y con ajuste a los principios
generales de la contratación administrativa, sólo las obras y suministros
condicionados por el contenido del acuerdo de préstamo realizado con el
Gobierno del Reino de España.

Facúltase, a esos efectos, a la Contaduría General de la Nación, a
habilitar el crédito correspondiente.
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