Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 57

    Autorízase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas a utilizar en
los años 1993 y 1994 los excedentes de asignaciones presupuestales, de
proyectos ya ejecutados, en proyectos de inversión de distintos programas
del Inciso, sin incrementar el monto máximo de ejecución establecido para
cada año en el artículo anterior. 
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