Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 505

    Declárese que lo establecido en los artículos 79 numeral 4º, 137
numeral 1º, y 151 numeral 1º de la Ley Nº 15.750, de 24 de junio de 1985,
comprende también además de los egresados de la Universidad de la
República, a los egresados de las facultades de Derecho de Universidades
Privadas.
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