MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Declárese que lo establecido en los artículos 79 numeral 4º, 137 numeral 1º, y 151 numeral 1º de la Ley Nº 15.750, de 24 de junio de 1985, comprende también además de los egresados de la Universidad de la República, a los egresados de las facultades de Derecho de Universidades Privadas.Ayuda