Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 393

    Increméntase los rubros 2 "Materiales y Suministros" en N$ 15.000.000
(nuevos pesos quince millones); 3 "Servicios no Personales" en N$
25.000.000 (nuevos pesos veinticinco millones); 7 "Subsidios y otras
Transferencias" en N$ 10.000.000 (nuevos pesos y diez millones),
respectivamente.
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