Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 333

  Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a cobrar por la
venta de las publicaciones que se editen por sus distintos servicios,
fijándose su precio, en cada oportunidad, por el Poder Ejecutivo.
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