Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 331

  La reglamentación a dictarse establecerá las sanciones al empleador en
caso de infracción a las obligaciones que le impone la presente ley.

  Será de aplicación el régimen sancionatorio establecido en el artículo
289 de la ley 15.903, de 10 de noviembre de 1987. 
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