MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Asígnase una partida anual de N$ 100.000.000 (nuevos pesos cien millones) para el desarrollo de las actividades y cometidos a cargo del Instituto Nacional de la Juventud, creado por el artículo 331 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990.Ayuda