Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 256

    Asígnase una partida anual de N$ 100.000.000 (nuevos pesos cien
millones) para el desarrollo de las actividades y cometidos a cargo del
Instituto Nacional de la Juventud, creado por el artículo 331 de la Ley
Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990.
Ayuda