Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 194

  Fusiónanse todas las unidades ejecutoras del programa 001 "Administración Superior" así como la unidad ejecutora 005 "Dirección de Investigaciones Económicas Agropecuarias" del programa 002 "Contralor y Estudios Agropecuarios", en la unidad ejecutora 001 "Dirección General" del programa 001.
   La asignación de bienes, ingresos presupuestales y extrapresupuestales
que las disposiciones vigentes prevén respecto de las reparticiones que se
fusionan, se reputarán hechas a la unidad ejecutora 001 citada.
   Las mencionadas reparticiones mantendrán la asignación de cometidos y
atribuciones desconcentradas previstas en las disposiciones vigentes.
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