Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 135

   Sustitúyase el artículo 143 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, por el siguiente: 

   "Artículo 143. El cargo de Subdirector General de Secretaría del 
Ministerio del Interior deberá ser ocupado necesariamente por un 
Inspector Principal o Inspector General de la Policia Ejecutiva en 
situación de actividad o retiro, sin perjuicio de lo cual seguirá 
manteniendo la característica de particular confianza.
   A dicho cargo corresponden los cometidos de la Inspección Nacional de
Policía, dependiendo directamente de la Dirección General de Secretaría y
ésta a su vez, del Ministro y Subsecretario en su calidad de superiores
jerárquicos de los servicios policiales".

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