Fecha de Publicación: 04/11/1992
Página: 1109-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 3

   Créase una Comisión Honoraria Fiscalizadora del Fondo de Protección
Integral de los Viñedos, que actuará dentro del ámbito del Instituto
Nacional de Vitivinicultura, integrada por tres delegados: uno por el
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, que la presidirá; uno por
los viticultores designado por las organizaciones representativas del
sector y uno por los bodegueros designado de común acuerdo entre las
organizaciones representativas del sector. En caso de no existir acuerdo
entre las organizaciones de viticultores o de bodegueros, el delegado del
correspondiente sector se elegirá por el Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca, de acuerdo a los criterios de representatividad que
la reglamentación establezca para la designación de los representantes de
los viticultores o bodegueros en el Consejo de Administración del
Instituto Nacional de Vitivinicultura.  
Ayuda