Fecha de Publicación: 16/09/1992
Página: 353-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 3

   Los miembros de la Comisión durarán tres años en sus cargos, pudiendo ser reelectos. Percibirán una dieta por asistencia a las sesiones que fijará cada año el Ministerio de Educación y Cultura y será abonada mensualmente, con cargo al Fondo.
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