Fecha de Publicación: 16/09/1992
Página: 353-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Ley 16.297

Créase el Fondo Nacional de Teatro.

   Poder Legislativo.
   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                              DECRETAN:

Artículo 1

   Créase el Fondo Nacional de Teatro que estará destinado al apoyo y
difusión del arte teatral en todo el territorio de la República.

LACALLE HERRERA.- GUILLERMO GARCIA COSTA.- IGNACIO de POSADAS MONTERO.
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