Fecha de Publicación: 06/11/1991
Página: 320-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 74

   Asígnase una partida anual de N$ 10.500.000, (nuevos pesos diez
millones quinientos mil), al programa 005 "Administración y Control
Aviatorio y Aeroportuario", subprograma 002, "Administración y Control de
los Aeropuertos Nacionales", de la Dirección General de Infraestructura
Aeronáutica, a fin de compensar a los funcionarios que no reciben el
beneficio de transporte que presta el organismo por cumplir horarios
nocturnos, especiales o en días inhábiles.
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