Declárase de utilidad pública la expropiación del inmueble empadronado
con el Nº 1941 de la 1ra. Sección Judicial del departamento de Cerro
Largo, ubicado en la calle Treinta y Tres Nº 317, que fuera habitado por
la poetisa Juana de Ibarbourou.
El Ministerio de Educación y Cultura se hará cargo, con sus recursos
extrapresupuestales, de las erogaciones resultantes, así como los que
origine la Ley Nº 16.005, de 28 de noviembre de 1988.