Fecha de Publicación: 06/11/1991
Página: 320-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 113

   A la Contaduría General de la Nación le corresponderá la prestación 
del Servicio de Garantía de Alquileres en los términos establecidos en la Ley Nº 9.624, de 15 de diciembre de 1936, debiendo acordar con cada Gobierno Departamental la forma de actuación administrativa que a éstos les corresponda, la asistencia técnica a proporcionarle y el 
procedimiento de autorización previa a la suscripción de los contratos. 
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