Facúltase a la Corte Electoral a simplificar el trámite de la
inscripción cívica, de la ciudadanía legal y de las cancelaciones, a
disponer las adecuaciones en el expediente inscripcional que resulten
necesarias para tecnificar, informatizar y agilitar el procedimiento,
manteniendo todos los requisitos sustanciales y las garantías del régimen
vigente.