Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 649

    Facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar del Impuesto al Valor Agregado
y del Impuesto Específico Interno, la introducción de bienes mediante
encomiendas postales, hasta un equivalente en moneda nacional a U$S 50
(cincuenta dólares de los Estados Unidos de América), en las formas y
condiciones que él establezca.

                              SECCION VIII

                      NORMAS SOBRE DESREGULACION Y
                         DESBUROCRATIZACION DEL 
                             SECTOR PUBLICO
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