Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 600

    Autorízase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a disponer
de una partida de N$ 48.145.440 (nuevos pesos cuarenta y ocho millones
ciento cuarenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta) equivalente a U$S
59.808 (dólares de los Estados Unidos de América cincuenta y nueve mil
ochocientos ocho) para atender el pago de la contribución al Convenio de
Cooperación Técnica en materia agropecuaria por el ejercicio 1990.
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