Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 589

   Fíjanse para la Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE), los
siguientes subsidios:

   1) Año 1991 N$ 8.541.855.000 (nuevos pesos ocho mil quinientos 
cuarenta y un millones ochocientos cincuenta y cinco mil) equivalente a   U$S 10.611.000 (dólares de los Estados Unidos de América diez millones
seiscientos once mil).

   2) Año 1992 N$ 6.359.500.000 (nuevos pesos seis mil trescientos
cincuenta y nueve millones quinientos mil) equivalentes a U$S 7.900.000
(dólares de los Estados Unidos de América siete millones novecientos 
mil).

  3) Año 1993 N$ 4.508.000.000 (nuevos pesos cuatro mil quinientos ocho
millones) o equivalente a U$S 5.600.000 (dólares de los Estados Unidos de
América cinco millones seiscientos mil).

  4) Año 1994 N$ 3.381.000.000 (nuevos pesos tres mil trescientos ochenta
y un millones) equivalente a U$S 4.200.000 (dólares de los Estados Unidos
de América cuatro millones doscientos mil). 

  Derógase el literal a) del artículo 615 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986.
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