CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.
Fíjase una retribución complementaria por alta especialización equivalente a un 20% (veinte por ciento) de sus respectivas retribuciones permanentes sujetas a montepío, excluida la prima por antigüedad, para los cargos del escalafón Técnico Profesional A, del Tribunal de lo Contencioso Administrativo.Ayuda