Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 38

   Exceptúase de lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 16.127, de 7
de agosto de 1990, al personal de servicio contratado del último grado
escalafonario afectado a centros de enseñanza de la Administración
Nacional de Educación Pública (ANEP), teniendo en cuenta al personal
actualmente contratado por las Comisiones de Fomento Escolar.
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