Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 375

   La unidad ejecutora 016, "Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión
y Espectáculos", podrá transferir a rubros de gastos, los créditos de una
de cada dos vacantes de cargos o funciones, generadas a partir del 1º de
enero de 1991, sin perjuicio de las que deban suprimirse por aplicación
del artículo 35 de la Ley N° 16.127, de 7 de agosto de 1990.
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