Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 353

   Créanse ocho cargos de Fiscal Letrado Departamental destinados a las
Fiscalías Letradas Departamentales de 3er. Turno de Maldonado, Paysandú y
Salto y a las de 2do. Turno de Cerro Largo, Las Piedras, Pando, Rivera,
Rocha.

   Créanse seis cargos de Asesor I, Abogado, escalafón A, grado 19,
adscriptos, tres a las Fiscalías Letradas Departamentales de Maldonado y los restantes a las Fiscalías Letradas Departamentales de Las Piedras, Pando y Rocha.

   Créanse ocho cargos de Administrativo IV, escalafón C, grado 8, con
destino a las Fiscalías referidas en el primer inciso.
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