Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 326

   El Ministerio de Transporte y Obras Públicas designará una comisión
asesora, con el cometido de estudiar la situación de los trabajadores
contratados y eventuales de su Dirección de Arquitectura y de proponer
soluciones administrativas y legislativas, relativas a la situación
funcional de dichos trabajadores.

   La referida comisión se integrará con un representante del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, que la presidirá, un representante del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, uno del Ministerio de Economía y
Finanzas y uno de los trabajadores a que refiere este artículo.

   El Ministerio de Transporte y Obras Públicas adoptará las medidas
necesarias para que la comisión se instale dentro de los sesenta días de
la fecha de promulgación de la presente ley y la dotará de los recursos
humanos y materiales necesarios para su funcionamiento.

                              INCISO 11
            
                  MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Ayuda