Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 270

   Asígnase a la unidad ejecutora 107, "Dirección General de Recursos
Naturales Renovables", los cometidos previstos en el literal F) del
artículo 7º de la Ley N° 15.939, de 28 de diciembre de 1987.
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