Serán gratuitas y no sujetas a la aplicación de la tasa consular, las
siguientes actuaciones consulares:
1) Los certificados de existencia y de residencia expedidos a los
jubilados y pensionistas integrados en el sistema nacional de
pasividades.
2) Las actas, certificados y demás documentos exigibles como prueba del
ausentismo, en ocasión de votaciones nacionales.
3) Los documentos de toda índole que integran la solicitud y trámite de
residencia permanente, iniciados en las oficinas consulares , los que
únicamente, luego de verificada su autenticidad, serán sellados y
rubricados.
4) Por percibir en depósito y por la entrega de la documentación de un
buque de bandera nacional, así como la certificación de apertura, de
cierre o de cualquier otra índole, de los referidos libros.