Los fondos extrapresupuestales de la unidad ejecutora 003, "Inspección
General de Hacienda", a que refieren los artículos 6º del Decreto-Ley N°
15.552, de 21 de mayo de 1984 y 60 de Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de
1986, se destinarán:
A) 50% (cincuenta por ciento) a Rentas Generales.
B) 50% (cincuenta por ciento) a la promoción social y bienestar de los recursos humanos de la unidad ejecutora.