CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.
Fíjase en 2 UR (dos Unidades Reajustables) el valor de los certificados que expida el Registro General de Proveedores del Estado, radicado en la Contaduría General de la Nación. Dicho producido será destinado por la referida oficina a equipamiento y gastos de funcionamiento, excluidas las retribuciones personales.Ayuda