Modifícase el artículo 4° de la ley 13.459, de 9 de diciembre de 1965,
que quedará redactado en la siguiente forma:
"ARTlCULO 4°.- Las Comisiones Regionales, Departamentales y Locales de Lucha contra la Hidatidosis tendrán, dentro de su jurisdicción, los siguientes cometidos:
1) Implementar la aplicación de los programas formulados por la Comisión Nacional Honoraria de Lucha contra la Hidatidosis.
2) Evaluar la ejecución de los mismos y formular sugerencias al respecto.
3) Ejecutar las demás actividades que por reglamentación se le confieran".