Fecha de Publicación: 07/12/1989
Página: 329-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Ley 16.082

Se declara de Interés Nacional el control y erradicación de la fiebre aftosa en todo el territorio nacional.

Poder Legislativo

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                               DECRETAN:

Artículo 1

   (Interés nacional). - Declárase de interés nacional el control y
erradicación de la fiebre aftosa en todo el territorio nacional. 

SANGUINETTI. - PEDRO BONINO GARMENDIA. - JORGE TALICE. - RICARDO ZERBINO
CAVAJANI. - RAUL UGARTE ARTOLA.
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