MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 18 de la presente ley, los embargos trabados en juicio seguidos contra la institución
acreditante, con posterioridad a la inscripción del contrato de crédito
de uso, no impedirán la utilización del bien por el usuario no pudiendo disponerse el secuestro del mismo.
CAPITULO V
Normas penales
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